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martes, 18 de junio de 2013

ACTA COMPROMISO DEL REPRESENTANTE Y DOCENTES

República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular de Educación
U.E. E “San Francisco”
Marigüitar Edo. Sucre




ACTA DE COMPROMISO DEL PADRE Y/O REPRESENTANTE.





Yo ______________________________________________________, portador(a) de la cédula de identidad N°: _____________________________________, en mi condición de______________________________________, del estudiante:___________________________________________________, cursante del ______ grado sección “____ ”, por medio de la presente  me comprometo a ayudar a mi hijo en sus actividades, fortaleciendo de ésta manera el proceso de enseñanza – aprendizaje, así como también a orientarlo para que muestre en el aula una actitud de respeto hacia sus compañeros y maestra tal y como lo establece nuestra Carta Magna en su artículo 102, y las  leyes que rigen el Sistema Educativo Nacional, citando entre ellas a los artículos: 17 de la Ley Orgánica de Educación,   5, 54 y 55 de la Ley Orgánica de Protección al niño, niña y adolescente, y el artículo 15 de los Acuerdos de Convivencia Estudiantil de la Unidad Educativa Estadal “Juana Gómez”. De igual forma visitaré con frecuencia la escuela y colaboraré con las actividades realizadas en la misma
Sin más nada que agregar;


_________________________________________                     ___________________________________________
          REPRESENTANTE                                                              DOCENTE




   En   Barrera;  a los _________________del mes de: _____________________ de 201__: Hora: ___________


Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.
Ley Orgánica de Educación
Capítulo II. Corresponsables de la Educación.
Artículo 17. Las Familias. Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión participación, independencia y aceptación. Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral de sus integrantes.

Ley Orgánica de Protección al niño, niña y adolescente

Artículo 5°. Obligaciones Generales de la Familia. La familia es responsable, de forma prioritaria, inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos.

Artículo 54. Obligación de los Padres, Representantes o Responsables en Materia de Educación. Los padres, representantes o responsables tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños y adolescentes. En consecuencia, deben inscribirlos oportunamente en una escuela, plantel o instituto de educación, de conformidad con la Ley, así como exigirles su asistencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo.

Artículo 55. Derecho a Participar en el Proceso de Educación. Todos los niños y adolescentes tienen el derecho a ser informados y a participar activamente en su proceso educativo. El mismo derecho tienen los padres, representantes o responsables en relación al proceso educativo de los niños y adolescentes que se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad.

Acuerdos de Convivencia Estudiantil de la Unidad Educativa Estadal “Juana Gómez”

Artículo 15: Deberes y Derechos de los Padres y  Representantes.
1.- Asumir la responsabilidad de la formación humana de sus representados, según señala el proyecto educativo del Colegio.
10.- Responsabilizarse en la educación de sus representados, tomar todas las medidas que contribuyan al progreso y éxito de sus estudios y de su formación integral, de acuerdo al Proyecto Educativo. 
11.- Atender las sugerencias y observaciones que sobre la conducta, asistencia y aplicación de sus representados les haga los miembros del Personal directivo o docente del colegio.



____________________________________

Docente.

ACTA DE COMPROMISO

Algunos aspectos que puede  llevar
  • Nombre del alumno
  • Nombre del representante
  • Nombre del docente
  • Fortalezas y debilidades que tiene el niño
  • Compromiso del representante.( me comprometo a: )
  • Firma de todos los involucrados.
Yo ____________ representante de  ________ me comprometo a ayudar a mi hijo en sus actividades y fortalecer de esta manera las debilidades en cuanto a lectura y escritura y orientarlo para que muestre en el aula una actitud de respeto hacia sus compañeros y maestra. Visitar con frecuencia la escuela y colaborar con las actividades realizadas en la escuela.
El acta de compromiso se realiza de acuerdo al problema que se pueda suscitar con el alumno, de igual forma cada institución tiene su propio reglamento interno y como tal sus actas de compromisos.

ACTA DE COMPROMISO

ACTA DE COMPROMISO


Nosotros los abajo firmantes, hacemos constar que pertenecemos a la Asociación de Cooperativa Consultora Oriente R.L., en la cual estamos en la base de dato de Personal de la consultora oriente, como Asociados y nuevos ingresos, según el caso que se especifica. Es de hacer notar que los nuevos Ingresos están siendo evaluados por la Instancia de Administración por un periodo máximo de 6 meses, según el reglamento y la  LEAC, para optar al cargo de asociado. Además estamos Comprometidos y dispuesto a desempeñar labor dentro de la consultora como Asociados o en su defecto de contratado hasta tanto se nos otorgue el carácter de asociado en dicha asociacion.


Cantidad de Asociados miembros de la Cooperativa: 05